En alguna ocasión, Leonardo fue testigo de cómo un proceso familiar, en el que estuvo involucrada su madre, se convirtió en un viacrucis. Su abuelo, quien había tenido ocho hijos, murió sin haber dejado un testamento. Los tíos de Leonardo se enfrascaron en un pleito por las propiedades que formaban parte de la herencia. Durante todo el proceso, los interesados discutieron y se insultaron sin parar. De ahí le surgió a Leonardo una inquietud: ¿Qué pasa si muero intestado?
Había visto que los interesados tuvieron que acudir constantemente a los tribunales, pagando honorarios de abogados, y que todo se llevaba muchísimo tiempo. Las cosas se complicaron aún más cuando sus tíos empezaron a envejecer –incluso algunos murieron–, provocando que el proceso fuera todavía más lento.
En la mayoría de los casos, cuando alguien muere intestado la sucesión debe realizarse ante a un juez, lo que hace que su trámite dependa de muchas circunstancias y factores externos que no se pueden controlar.
Esto le dio a Leonardo una perspectiva propia para tomar algunas decisiones respecto a su futuro.
¿Qué es una sucesión intestamentaria?
A diferencia de la testamentaria, la sucesión intestamentaria es la que se realiza y define de acuerdo con la ley. También conocida como sucesión legítima, es aquella que se tiene que abrir en los siguientes casos:
- Cuando no existe un testamento.
- Cuando se otorgó un testamento, pero este es nulo o perdió validez.
- Cuando un heredero no cumple con una condición que le impusieron.
- Cuando el heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar –siempre y cuando no haya un sustituto.
Es un hecho que hacer tu testamento de manera correcta te permitirá solventar anticipadamente la mayoría de los supuestos mencionados. Solamente se tendrían que considerar aquellos en los que se involucra la voluntad del heredero y/o cuando este tiene que cumplir con alguna obligación.
¿Quiénes tienen derecho a heredar en la sucesión intestamentaria?
Sabemos cuándo se aplica una sucesión intestamentaria, pero no hemos comentado quiénes tienen derecho a heredar si esta se abre.
Al no existir un documento en el que se plasme la voluntad de una persona, y no poder establecer con precisión quiénes son sus herederos, la ley establece las personas y el orden en podrán heredar.
- En primer lugar, señala que tus hijos serán los beneficiarios de todos tus bienes.
- En segundo lugar, sería tu cónyuge, es decir, tu esposa o tu esposo.
- En tercer lugar, tus ascendientes directos, tu madre o tu padre, e incluso tus abuelos si todavía están vivos y tus padres ya murieron.
- Por último, tendrían derecho a heredar tus parientes colaterales hasta el cuarto grado, es decir hasta tus tíos y primos.
- Si no existiera ninguno de los anteriores, entonces la herencia se entregaría a la beneficencia pública.
Por lo anterior, es importante recalcar que tu testamento debe ser claro al especificar quién o quiénes serán tu herederos o herederas cuando fallezcas.
Con estos elementos, Leonardo pudo responder a la pregunta ¿qué pasa si muero intestado? Después de ver las complicaciones que tuvo que sortear su madre, y a pesar de ser una persona joven, tuvo claridad para pensar que no quería dejarle ningún problema a quienes él deseaba tener como herederos. Así, realizó el Plan Testamento de Mento y acudió con un notario para hacer un testamento y establecer claramente quiénes, en qué porcentajes y cómo serían sus herederos.
Con esa tranquilidad, Leonardo pudo seguir planeando su futuro, pensando que les había evitado una inquietud innecesaria a sus seres queridos.
*Los casos expuestos son meramente explicativos y no corresponden a una persona o situación real.
Referencias
Colegio de Notarios de la Ciudad de México. Testamento y herencia. Disponible en https://colegiodenotarios.org.mx/testamento_herencia#:~:text=Ser%C3%A1n%20herederos%20mis%20parientes%20y,denomina%20sucesi%C3%B3n%20intestamentaria%20o%20intestado
Gobierno de México (2022). Código Civil Federal. Disponible en https://www.gob.mx/indesol/documentos/codigo-civil-federal-marco-normativo
Jorge A. Sánchez-Cordero Dávila. Derecho civil. Universidad Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas. Disponible en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/2/598/7.pdf
Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sucesiones. Recuperado de https://sistemabibliotecario.scjn.gob.mx/sisbib/2016/000277659/000277659.pdf
Visoso del Valle, F. (2013). Acciones que tomar ante el fallecimiento del autor de la herencia. Revista Mexicana de Derecho. Disponible en https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-mexicana-derecho/article/download/14129/12618
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