No es válido y en Mento no lo recomendamos.

Si se presenta un problema entre los herederos no se puede llevar ese documento ante un juez que lo valide.

Es un documento en el que dispones tu última voluntad de cómo quieres distribuir tus bienes cuando faltes y los nombres de las persona que elijas como albacea y tutor (en caso de tener hijos menores de edad).

Los más comunes son: Testamento Público Abierto y Testamento Ológrafo.

El que realizas ante Notario Público. Cuando en esta página veas la palabra testamento nos referimos al testamento público abierto.

El que realizas de puño y letra, pero solo es válido si lo depositas en el Archivo General de Notarías o el Registro Público de la Propiedad, según el lugar donde vivas.

Puede causar problemas pues se presta par la falsificación de testamentos, ya que no existe alguien que verifique la identidad de quien firma.

Por esta razón no es válido en los siguientes Estados de la República:

  • Estado de México
  • Puebla
  • Coahuila
  • Ciudad de México
  • Oaxaca
  • Aguascalientes
  • Veracruz
  • Baja California
  • Tlaxcala

Defines quiénes quieres que sean tus herederos, albacea y/o tutor (en caso de que tengas hijos menores de edad), llenas un formulario con tus datos personales y acudes personalmente con el Notario Público para firmar el documento notarial.

Las veces que consideres necesarias. Si firmas uno nuevo el anterior queda automáticamente sin efecto.

En cualquier Estado de la República, pero siempre ante la presencia del Notario Público.

El Notario Público es el que lo redacta y tu solo tienes que verificar que los datos y tus deseos sean correctos.

Por la seguridad y armonía de las familias de nuestros clientes en Mento no recomendamos elaborar Testamento Ológrafo, por lo mismo no hacemos recomendaciones de redacción de testamento.

Dependiendo del Notario Público y de la Entidad Federativa.

En Mento te recomendamos el más cercano y con mejor precio de nuestra red certificada de Notarios.

Cada que cambien las circunstancias que merezcan la pena hacer un nuevo Testamento.

Por ejemplo, si cuando tus hijos eran menores de edad pusiste a tu esposo(a) como heredero(a) único(a), y ahora tus hijos ya son adultos podrías querer dejarlos a ellos como herederos en partes iguales.

No, tu seguirás siendo dueño de tus bienes y sólo hasta que faltes tus herederos serán los dueños.

Se necesita contar con una identificación oficial (Credencial del Instituto Nacional Electoral (INE) o Pasaporte Vigente). Datos generales como lo son:

  • El nombre de tus padres.
  • El lugar y fecha de tu nacimiento.
  • El nombre de tu cónyuge.
  • Tu domicilio.
  • El nombre de tus hijos.
  • Tu ocupación.
  • Tu estado civil y régimen, es decir (sociedad conyugal o separación de bienes)
  • En caso de que desees otorgar legados sobre bienes inmuebles, será necesario contar con los datos de localización del inmueble, es decir, calle, número, municipio o alcaldía, ciudad, código postal.
  • En el caso de desees otorgar legados sobre bienes muebles, será necesario contar con una descripción de los mismos, por ejemplo, tratándose de acciones en empresas, será necesario contar con el nombre de la empresa, si se trataren de muebles, joyas, cuadros, etc, es necesario contar con una breve descripción de los mismos.

No, el nuevo Testamento lo puedes hacer con el Notario Público de tu elección.

Sí puedes y en Mento te sugerimos hacerlo, pues aún y cuando no hayas terminado de pagar tu casa, ya eres el dueño y si llegaras a morir, tienes un seguro de vida que pagará el resto de la deuda y el bien pasará a tus herederos.