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5 preguntas antes de ir con un notario a hacer tu testamento

Evangelina tuvo que planear un viaje al extranjero con poca antelación. En esta ocasión, iba por cuestiones de trabajo y no podría viajar con sus hijos, que son menores de edad. Su esposo había fallecido un par de años antes y no había hecho un testamento. La casa donde vivía con sus hijos había pasado por un proceso hereditario para que ella pudiera tener el 100 por ciento de la propiedad.

Después de haber muerto su esposo, se fijó como propósito no dejar complicaciones a sus hijos. Por eso le preocupaba ahora hacer un viaje al extranjero sin contar con un testamento.

Evangelina decidió acudir con un notario para hacer su testamento, pero había varias cuestiones que la dejaban intranquila. Para estar segura de lo que tenía que llevar pensado, formuló algunas preguntas que le servirían como guía.

Tomando la experiencia de Evangelina, estas son las preguntas que debes hacerte antes de ir con un notario:

1. ¿A qué edad puedo hacer mi testamento?

De acuerdo con el lugar donde hagas tu testamento, requieres haber cumplido cierta edad, pues esta cambia según la entidad federativa. En Jalisco y Michoacán, se deben tener los 18 años cumplidos. En otros estados, como Chihuahua, Coahuila, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco y Tlaxcala, los autores deben tener al menos 14 años. En los estados restantes, la edad mínima para hacer un testamento son los 16 años.

2. ¿Qué bienes puedo poner en mi testamento?

Puedes dejar como herencia todos tus bienes muebles e inmuebles, y tus derechos (acciones, otros derechos hereditarios). También pueden heredarse las obligaciones (deudas o pasivos) de una persona que no se extingan por su muerte. 

En pocas palabras, los bienes que puedes heredar son todos aquellos de los cuales tú eres propietario. Por lo tanto, puedes disponer libremente de ellos.

3. ¿A quiénes puedo poner como herederos?

Tú puedes elegir a quien quieras, desde tus hijos, padres, cónyuge u otros parientes. Puedes inclusive designar a alguien que no tenga ninguna relación familiar contigo. Y también es válido nombrar como heredero a alguna institución u organización de beneficiencia.

Es posible que elijas varios herederos. En ese caso, tendrás que especificar cómo quieres que se repartan tus bienes entre ellos. 

4. ¿Qué pasa si mis herederos son menores de edad?

La edad no es una limitante para que alguien sea nombrado heredero. Incluso, si estás embarazada, puedes designar a tu hijo que está por nacer.

Si tu heredero es menor de edad cuando fallezcas, será necesario que alguien lo represente en los trámites que deben hacerse. Pueden fungir como sus representantes tanto su madre como su padre, si alguno de ellos está vivo. En caso de que no lo estuvieran, entonces sería su tutor. Estos representantes aceptan la herencia en nombre del menor y dan su consentimiento al reparto de los bienes.

Todo esto se hace bajo la guía y supervisión de un juez de lo familiar. Esto se debe a que, al estar involucrado un menor de edad, el proceso de sucesión se debe hacer por medio de un juicio.

Esto no es para alarmarse; todo lo contrario. Lo que se busca es amparar al menor de edad y que se cumpla con lo establecido por la ley. La intervención de un juez garantiza que el menor siempre estará protegido.

5. ¿Qué datos debe llevar mi testamento?

Ante todo, tu testamento deberá contener tus datos generales, esa información que te identifica como persona. Estos datos son: 

  • Nombre completo
  • Fecha y lugar de nacimiento
  • Estado civil, es decir si eres una persona casada o soltera
  • Para las personas casadas, es muy recomendable especificar el régimen patrimonial bajo el cual contrajeron matrimonio. Estos son sociedad conyugal (lo que comúnmente se denomina bienes mancomunados) o separación de bienes.
  • También se debe especificar tu ocupación, domicilio, CURP, y el tipo de documento con el que te identificas.

De esa manera, Evangelina tuvo la oportunidad de pensar bien cómo hacer su testamento. Pensó que lo ideal era proteger la situación patrimonial de sus hijos si ella llegaba a perder la vida durante su viaje de trabajo. Hacer su testamento le ofreció a Evangelina la oportunidad de irse con tranquilidad a su compromiso laboral. Se fue contenta al pensar que, si algo le sucediera, sus hijos no tendrían que pasar por un juicio como ella había vivido.

*Los casos expuestos son meramente explicativos y no corresponden a una persona o situación real. 

Referencias

Colegio de Notarios de la Ciudad de México. (s.f.). Testamento y herencia. Disponible en https://colegiodenotarios.org.mx/testamento_herencia#:~:text=Ser%C3%A1n%20herederos%20mis%20parientes%20y,denomina%20sucesi%C3%B3n%20intestamentaria%20o%20intestado

Gobierno de México (2022). Código Civil Federal. Disponible en https://www.gob.mx/indesol/documentos/codigo-civil-federal-marco-normativo

Jorge A. Sánchez-Cordero Dávila. Derecho civil. Universidad Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas. Disponible en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/2/598/7.pdf  

Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sucesiones. Recuperado de https://sistemabibliotecario.scjn.gob.mx/sisbib/2016/000277659/000277659.pdf

Visoso del Valle, F. (2013). Acciones que tomar ante el fallecimiento del autor de la herencia. Revista Mexicana de Derecho. Disponible en https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-mexicana-derecho/article/download/14129/12618

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