Fernando sabía que su padre había hecho su testamento, pero no que él era su heredero universal. Cuando falleció su padre se enteró de esto y se planteó la pregunta: “Soy heredero, ¿ahora qué hago?”.
Aunque Fernando no era el único hijo de su padre, este lo designó como su único heredero por ser el menor de los hermanos. Esto lo hizo pensar en trámites complicados, pagos, abogados, notarios, jueces, pero no era así.
Al haber redactado su testamento de esa manera, su padre lo protegió, y él solamente tuvo que dar algunos pasos para hacerse de los bienes y el dinero que le habían dejado como herencia.
A pesar de que algunos de sus hermanos quedaron algo inconformes, no tuvieron más que aceptar la última voluntad de su padre, reconocer que Fernando era el único heredero y apoyarlo en los trámites que tendría que hacer.
Al haber llegado a la mayoría de edad y no existir conflicto con ninguno de sus hermanos, pudo hacer todo el proceso directamente con un notario, por lo que el trámite resultó más sencillo.
¿Qué es un heredero y quién puede serlo?
La ley establece que cualquier persona puede ser heredera, y no puede ser privada de este derecho por ningún motivo.
Un heredero ocupará el lugar que en vida tenía el autor del testamento en relación con sus bienes, derechos y obligaciones. Esto significa que es la persona a quien el autor del testamento le transfiere su patrimonio, incluyendo sus deudas.
Los herederos pueden ser legítimos o testamentarios. Los primeros son aquellos que, de acuerdo con la ley, tienen la posibilidad de heredar a una persona que muere sin haber dejado un testamento. Los herederos testamentarios son los que han sido nombrados mediante un testamento.
El heredero recibe los bienes del autor del testamento, y los adquiere de manera universal. Es la persona a quien se le da la totalidad de la herencia sin que tenga que especificarse qué bienes son para él y cuáles no. En pocas palabras, cuando existe un único heredero todo va para esa persona.
Claro, también es posible que existan varios herederos. En ese caso, el autor del testamento establece en qué porcentajes se dividirá entre ellos el total de la herencia.
¿Cuáles son mis derechos como heredero?
En primer lugar, es importante subrayar que tienes el derecho de aceptar o repudiar la herencia. Repudiar la herencia quiere decir que un heredero puede rechazar los bienes, derechos y obligaciones que le corresponden si no desea adquirirlos. Esto normalmente ocurre porque siente que las obligaciones derivadas de la herencia superan los derechos o bienes que le otorga.
Los herederos podrán disponer de los bienes de la herencia, siempre y cuando ya se los hayan adjudicado, esto es que, cuando ya sean los dueños reconocidos de los bienes que alguna vez fueron del autor del testamento.
¿Cuáles son mis obligaciones como heredero?
Ante todo, hay que iniciar el trámite de la herencia. Esto se puede hacer ante un notario, siempre que no haya conflicto entre los herederos y todos sean mayores de edad.
Una vez que cuenten con el testamento, el o los herederos se presentarán ante el notario, demostrando que el autor ya falleció, para poder iniciar el trámite.
El testador puede incluir en su testamento condiciones específicas que sus herederos tendrán que cumplir. Es decir, el autor del testamento puede pedir a sus herederos que lleven a cabo alguna actividad específica para poder tener acceso a la herencia. Si no cumplen con esa condición, entonces no podrán heredar la parte que les corresponda.
Es importante destacar que no es necesario cumplir las condiciones que no sean física o jurídicamente posibles de realizar, por lo que se consideran como si no hubieran sido puestas.
Después de plantearse el cuestionamiento: “Soy heredero, ¿ahora qué hago?”, Fernando tenía las respuestas que necesitaba. Le quedaban claros tanto los derechos como las obligaciones que implica ser heredero.
Así que se aseguró de contar con una copia del testamento de su padre, tramitar el acta de defunción y tener lista su acta de nacimiento, ya que con esta podría comprobar que era hijo de su padre y la persona designada como heredera de sus bienes.
Una vez teniéndolo todo, acudió con el notario para iniciar el trámite y disfrutar del patrimonio que su padre le había heredado.
*Los casos expuestos son ilustrativos y no tienen relación con hechos reales.
Referencias
Colegio de Notarios de la Ciudad de México. Testamento y herencia. Disponible en https://colegiodenotarios.org.mx/testamento_herencia#:~:text=Ser%C3%A1n%20herederos%20mis%20parientes%20y,denomina%20sucesi%C3%B3n%20intestamentaria%20o%20intestado
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Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sucesiones. Recuperado de https://sistemabibliotecario.scjn.gob.mx/sisbib/2016/000277659/000277659.pdf
Visoso del Valle, F. (2013). Acciones que tomar ante el fallecimiento del autor de la herencia. Revista Mexicana de Derecho. Disponible en https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-mexicana-derecho/article/download/14129/12618
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